Cuba se prepara para aprobar una nueva Constitución que traerá importantes novedades al país, como cambios importantes en la estructura del Estado, entre ellos, una mayor autonomía de los municipios, nuevas formas de economía mixta y el reconocimiento de la unión homoafectiva. La Constitución actual fue aprobada en 1976 y revela una fuerte influencia de las Cartas Magnas de los países socialistas de Europa Oriental, en especial de la Unión Soviética. Ahora, una amplia movilización nacional promueve una nueva reforma constitucional. En el momento en que escribo, noviembre de 2018, el anteproyecto está siendo sometido a la consulta popular, y posteriormente será refrendado por la población mediante el voto libre, directo y secreto.
Tras la Caída del Muro de Berlín en 1989, la Constitución cubana sufrió una importante reforma en 1992, cuando, por ejemplo, se eliminó el carácter ateo del Estado y se introdujo su carácter laico. Se hizo otra pequeña reforma en 2002 para blindar el carácter socialista de la Revolución.
Las tesis aprobadas en el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba, celebrado en el año 2011, dieron lugar a cambios en el modelo económico, lo que provocó la necesidad de realizar una nueva reforma de la Constitución.
En mayo de 2013, el Buró Político creó un grupo de trabajo presidido por Raúl Castro para debatir el perfeccionamiento institucional del país, El grupo preparó durante un año las bases del actual proceso de reforma, aprobadas en junio de 2014. Se analizaron los impactos de orden jurídico de las reformas ocurridas en Vietnam y China. Se tuvieron en cuenta también las reformas constitucionales de Venezuela, Bolivia y Ecuador.
El Buró Político analizó el resultado de esos estudios en febrero de este año, y un mes después lo hizo el Comité Central del Partido. A continuación, el Consejo de Estado, órgano de representación permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular (equivalente a nuestro Congreso Nacional) convocó a una sesión extraordinaria para dar inicio al proceso de reforma, lo que tuvo lugar el día 2 de junio. El parlamento creó una comisión encargada de preparar el nuevo anteproyecto constitucional. Un mes después, se sometió un primer borrador a la Asamblea Nacional, que fue objeto de diversas críticas y propuestas. La población siguió los debates por la televisión y otros medios de comunicación. El parlamento decidió entonces someter el texto a una consulta popular, a fin de enriquecerlo mediante la participación directa del pueblo, incluidos los ciudadanos cubanos residentes en el extranjero.
Lo que se debate ahora en todo el país no es una reforma del texto constitucional vigente, sino la aprobación de un nuevo texto encaminado a introducir cambios profundos en la estructura del Estado y a ampliar el abanico de derechos de la ciudadanía, sin perjuicio del carácter socialista de la Revolución.
El texto de la propuesta contiene 224 artículos (87 más que la vigente); se modifican 113 artículos de la actual Constitución; se mantienen 11; y se eliminan 13.
No se convocó a una Asamblea Constituyente atendiendo a la cláusula que le otorga a la Asamblea Nacional la función constituyente.
Innovaciones
La nueva propuesta constitucional reafirma el carácter socialista de los sistemas político, económico y social de Cuba. Se mantiene el papel del Partido Comunista como rector de la sociedad y el Estado, al tiempo que se destaca su carácter democrático y la importancia de su vínculo con el pueblo. Se subraya que el Partido no está por encima de la Constitución y que, como ente político, está obligado a respetarla y defenderla. Y que no debe sustituir en su actuación a los órganos estatales y administrativos, cuyas atribuciones definen la Constitución y las leyes del país.
El texto resalta el reconocimiento de Cuba como un Estado Socialista de Derecho, a fin de reforzar el imperio de la ley y la supremacía de la Constitución.
Ese concepto de Estado de Derecho choca con la tradición socialista, que lo consideraba liberal y capitalista, y en la que solo cabía una visión clasista del Estado y del Derecho. El país que dio el primer paso en esta nueva dirección fue Vietnam con la reforma constitucional de 2013, a la que se incorporó el concepto de “Estado de Derecho Socialista”.
En el terreno económico se mantiene, como principio, la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, así como la dirección planificada de la economía, pero sin ignorar el papel del mercado. No se trata de una economía socialista de mercado, sino de someter el mercado a un sistema de planificación flexible.
Se reconoce la propiedad privada, que la Constitución no crea, porque nunca dejó de existir en Cuba. Se admite el trabajo por cuenta propia (cuentapropismo) y los emprendimientos individuales, con derecho a la contratación de mano de obra. No obstante, se prohíbe la concentración de propiedades en manos de personas o empresas no estatales, con el objetivo de preservar “los límites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social”. Se valoriza la propiedad cooperativa.
Resulta novedoro el modo en que se estructura la propiedad mixta, hasta ahora vinculada exclusivamente a la inversión extranjera relacionada siempre con la propiedad estatal. Se entiende ahora por mixta la integración de dos o más formas de propiedad, incluidas la privada y la cooperativa, no solo la estatal. No obstante, se considera a la empresa estatal la principal protagonista de la economía y se reconoce la autonomía de su funcionamiento.
En cuanto a la ciudadanía, se reconoce el principio de ciudadanía efectiva. Un cubano puede adquirir otra ciudadanía sin perjuicio de la original.
El nuevo texto refuerza la defensa de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales de los que Cuba es signataria. Resalta la importancia de la protección del medio ambiente y del combate a los efectos del cambio climático.
Cuestiones de género y derechos civiles
El anteproyecto de Constitución adopta una concepción de derechos humanos que reconoce su indivisibilidad, irrenunciabilidad e interdependencia, en correspondencia con el principio de progresividad y sin discriminaciones. Se amplía el derecho de igualdad y se prohíbe toda discriminación por “razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad física o mental, origen nacional o cualquier otra lesiva a la condición humana”. Se brindan garantías a las libertades de pensamiento, conciencia, expresión y convicción religiosa.
Se abandona la actual concepción del matrimonio como la relación entre un hombre y una mujer, y se introduce el concepto de relación “entre dos personas”. La sociedad cubana está dividida en lo que toca a esta propuesta, Hay quienes prefieren mantener el actual concepto de matrimonio como la relación entre un hombre y una mujer; quienes apoyan la nueva redacción o el nuevo concepto de relación “entre dos personas”; quienes aceptan el reconocimiento civil de las uniones de facto, pero no el matrimonio; y quienes están de acuerdo, pero en lo tocante a los hijos, limitan el derecho a la adopción. Por último, algunos abogan por el concepto de matrimonio como la unión “de dos o más personas”.
En lo relativo a los derechos laborales aparece un amplio abanico, ya que el Estado dejó de ser el único empleador y hoy existen varias formas no estatales de empleo.
Se mantienen la educación y la salud como una responsabilidad del Estado y con carácter universal y gratuito. Pero se abre la brecha, con carácter excepcional, para que determinados servicios de salud no imprescindibles y parte de la enseñanza de posgrado puedan ser remunerados.
El Estado admite que por ahora no hay modo de garantizar algunos derechos económicos y sociales, y que incluirlos sería convertir la Constitución en una obra de ficción. Sin embargo, quedan regulados con una proyección de progresividad, lo que genera cierta inconformidad entre la población. Se trata de derechos como la vivienda digna, la alimentación y el agua.
Se introduce la tutela judicial en caso de violación de derechos constitucionales por parte de organismos y funcionarios del Estado, incluso mediante la indemnización a los afectados.
Nueva estructura del Estado
En la estructura del Estado se introducen cambios de importancia. Se crean los cargos de presidente y primer ministro de la República. Hoy por hoy, el jefe del Estado cubano es el presidente del Consejo de Estado, elegido por la Asamblea Nacional, y asume también la función de jefe de gobierno. Según el anteproyecto constitucional, el presidente tendría que ser un diputado electo por la Asamblea Nacional, con una edad mínima de 35 años y máxima de 60 para su primer mandato. El mandato sería de 5 años y existiría la posibilidad de una única reelección.
El presidente no cumplirá solo funciones ceremoniales y de representación. Propondrá a la Asamblea Nacional el candidato a primer ministro, y este deberá rendirle cuentas de su gestión en su calidad de presidente del Consejo de Ministros.
La comisión preparatoria ha considerado fundamental establecer límites de tiempo para cargos importantes del Estado, en la línea de lo que indicaran los últimos congresos del Partido, aún más porque, con el paso del tiempo, ya no se justifica la legitimidad histórica de los que combatieron en la Sierra Maestra.
La Asamblea Nacional del Poder Popular mantiene su carácter de órgano supremo, único con poder constituyente y legislativo, encargado de elegir los cargos más importantes del Estado, al que rendirán cuentas los órganos y organismos del Estado. El presidente, el vicepresidente y el secretario del Parlamento desempeñarán las mismas funciones en el Consejo de Estado. Y es el Parlamento, y no el poder judicial, el que vela por la aplicación de la Constitución, lo que es motivo de polémica en los debates en torno al proyecto constitucional, aun considerando que este le concede una mayor independencia funcional al sistema judicial.
En las provincias (equivalentes a los estados de la federación brasileña) se suprimen las asambleas del Poder Popular y se constituye un gobierno formado por un gobernador y un Consejo Provincial presidido por el gobernador e integrado por los presidentes de las asambleas municipales, así como por todos los que ejercen funciones de dirección administrativa en los municipios. Se discute si el gobernador debe ser electo o designado.
Se crea el Consejo Electoral Nacional, encargado de organizar, dirigir y supervisar las elecciones y otros procesos de consulta popular.
El anteproyecto se debate actualmente en centros de trabajo, escuelas, unidades militares y barrios. “Podemos afirmar que estamos ante un ejercicio único de democracia real y efectiva, y de un proceso constituyente igualmente paradigmático, con el pueblo como verdadero protagonista”, declaró Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado.
Concluida la consulta popular el 15 de noviembre, la comisión de redacción evaluará todas las propuestas. A continuación, presentará un nuevo proyecto a la Asamblea Nacional, del cual saldrá la nueva Constitución de la República de Cuba. Entonces se someterá a plebiscito mediante la votación directa y secreta de todos los electores cubanos, de modo que adquiera plena legitimidad democrática.
Frei Betto es autor, entre otros libros, de A mosca azul – reflexão sobre o poder (Rocco).
www.freibetto.org/> twitter:@freibetto.
Traducción de Esther Perez
Copyright 2018 – Frei Betto -
QUIÉN ES FREI BETTO
El escritor brasileño Frei Betto es un fraile dominico. conocido internacionalmente como teólogo de la liberación. Autor de 60 libros de diversos géneros literarios -novela, ensayo, policíaco, memorias, infantiles y juveniles, y de tema religioso en dos acasiones- en 1985 y en el 2005 fue premiado con el Jabuti, el premio literario más importante del país. En 1986 fue elegido Intelectual del Año por la Unión Brasileña de Escritores.
Asesor de movimientos sociales, de las Comunidades Eclesiales de Base y el Movimiento de Trabajadores Rurales sin Tierra, participa activamente en la vida política del Brasil en los últimos 50 años.
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