Es la justicia que tenemos, siempre apurada por buscar funcionarios públicos o perejiles, pero a Cavallo no se lo ve como funcionario público, sino como un agente de las finanzas. Sí, un agente del capital financiero. Ni siquiera el hecho de haber sido Ministro de Economía tantos años, sirvió para considerarlo funcionario público, a quien le cabe el art. 902 del Código Civil: "CUANDO MAYOR SEA EL DEBER DE OBRAR CON PRUDENCIA Y PLENO CONOCIMIENTO DE LAS COSAS, MAYOR SERÁ LA OBLIGACIÓN QUE RESULTE DE LAS CONSECUENCIAS POSIBLES DE LOS HECHOS".
No conocemos la sentencia en sus fundamentos, no es necesario conocerlos. Así actúa la Justicia Federal, es decir Comodoro Py, en nuestro país. No necesito leer los fundamentos, ya lo sabemos, que no es delito el megacanje, que Cavallo no obro con dolo, y el delito no admite culpa, que no hay suficientes pruebas, etc, etc. En realidad en causas menores, muchas veces no hay suficientes pruebas, pero condenamos igual, en esta los abogados son muy importantes. El perjuicio estimado por el megacanje alcanza los cincuenta y cinco mil millones de dólares, pero no es delito para los distinguidísmos jueces del Tribunal oral.
¡Qué desolación, que espera vana todas las causas por delitos económicos!. Y los jueces difuminaron en un segundo el intento de reforma de la justicia. Tienen el presupuesto más alto desde la democracia. Cobran sueldos altísimos, privilegiados, y quieren sobre todo: TRANQUILIDAD. Ningún fallo que los incomode, quieren pasar lo más desapercibidos posible, jubilarse con jubilación de privilegio, no pagar impuestos a las ganancias, y ejercer la profesión, en grandes estudios, que los esperan gustosos.
Dios nos libre del juez inicuo, injusto, sin ecuanimidad. Creen, por condenar cada tanto, a un funcionario publico menor, por cuestiones de viáticos, en connivencia con un agente de viajes, que están en paz con Dios.
¿Para qué están los jueces? Para que tengan tranquilidad para trabajar menos de seis horas, alteradas cada tanto con siete u ocho, pero sin dejar nunca de dar clases en la facultad de derecho, poniendo énfasis en la teoría del delito, el principio de legalidad y todas las garantías constitucionales del derecho procesal penal. Para poner el rostro adusto, al explicar con lujos de detalles de la época nazi, cuando no se respetaba el principio de legalidad. Para concursar permanentemente, porque tengo que ascender para eso estoy.
¿Qué es la justicia? A nadie le interesa, tengo que dar clases de dogmática, y cubrir dos subrogancias, embolsando un sueldo, que nadie en el país gana. Pero y... ¿Cavallo... el megacanje? No es un delincuente, no tuvo interés en la operación, una operación que tampoco fue delito. No necesito leer los fundamentos de la sentencia absolutoria. Es Hegel, quien dice "dar una buena razón para una cosa mala y pensar que con eso está justificada".
No pueden ver a Cavallo como un delincuente económico. No puede ser, fueron los mejores años que pasé en el país, hasta me olvidé que se apoderaron de mis depósitos, pude viajar al exterior periódicamente. No había restricción para hacerse de divisas. Ellos, los agentes de los bancos internacionales, no pueden ser delincuentes. Delincuente es según Lombroso, alguien que parezca tal, por sus características físicas, por su condición social. Un hombre que vive en Ocampo y Libertador, no es un delincuente económico y no pudo prever las consecuencias económicas para el país. Es que para colmo Sonia va a misa los domingos, y Cavallo cada tanto va. El nunca pensó en las consecuencias económicas y políticas de sus teorías económicas, de sus propuestas. Eso no le incumbe a él, le incumbe a algún funcionario público, pero no él.
Felisa Michelli, fue condenada a prisión, a cumplir, en un caso por un monto no muy alto de dinero, pero es corrupción, y además es mujer, debe ser condenada. María Julia Alzogaray, es también mujer, y puede ser condenada. No es que no deben ser condenadas. ¿Pero Cavallo? ¿Nó será mucho?
¿No será mucho no condenar a Cavallo por el megacanje?. ¿No será mucho absolverlo? NO IMPORTA, ME PONGO FELIZ CUANDO ABSUELVO A UN PODEROSO, PORQUE ES GENTE COMO UNO. USA SACOS Y CORBATAS MUY FINOS, ES REPRESENTANTE DE BANCOS, Y YO COMO JUEZ LOS ADMIRO. PORQUE LEO Y ME IRRITO CON LOS EDITORIALES DE LA NACION SOBRE LA CORRUPCIÓN DEL GOBIERNO KIRCHNERISTA.
¿PERO CAVALLO? NO, no es un delincuente económico, y el megacanje no es delito.
¿La fiscal que pidió tres años de prisión, de qué se disfraza ahora? LA SENTENCIA NO PUEDE SER APELADA POR EL FISCAL (ART. 458 INC.1, del CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA NACIÓN). PERO DEBERÁ APELAR, PORQUE ES INCONSTITUCIONAL ESA DISPOSICIÓN QUE IMPIDE APELAR EN ESTOS CASOS, EL FISCAL, SEGÚN EL ART. 120 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, NO SOLO DEBE PROMOVER LA ACTUACIÓN DE LA JUSTICIA EN DEFENSA DE LA LEGALIDAD, SINO DE LOS INTERESES GENERALES DE LA SOCIEDAD. EL DEBIDO PROCESO ADJETIVO LO IMPONE (ART. 18 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL)
Los jueces ya están mirando la cronología de juicios. Ya no les importa este que pasó. Los fundamentos son fáciles, sólo tengo que cubrirlos de dogmática y derecho procesal. Citar a Maier, Zaffaroni y Roxin. Y se justifica.
Cómo abogado, que digo cómo abogado, cómo ciudadano, adonde puedo mandar a estos jueces:
¡A LAVAR LOS PLATOS!.
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