miércoles, 18 de marzo de 2015

Como debería estar regulado típicamente el Terrorismo de Mercado o Golpe de Mercado, por Claudio Javier Castelli

TIPO PENAL DE TERRORISMO DE MERCADO O GOLPE DE MERCADO

Serán reprimidos con prisión de cuatro (cuatro) a doce (12) años y multa de dos(2) a diez (10) veces el monto de las divisas fugadas al exterior, los que simultáneamente intentaran: aterrorizar a la población, o forzar una devaluación, o disminuir abruptamente el salario, o deteriorar las reservas del Banco Central República Argentina, u obtener la caída del gobierno democrático, u obligar a las autoridades públicas nacionales o extranjeras a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, a través de:
a) La compra exagerada de divisas extranjeras
b) La demora injustificada de los exportadores para liquidar divisas.
c) La retención especulativa de granos de grandes productores o acopiadores
d) La fuga millonaria de divisas a Paraísos Fiscales, o centros financieros internacionales
Si lograren su objetivo, el mínimo de la pena aumentará en un tercio, y el máximo en la mitad. La misma pena sufrirá el funcionario público que hubiere participado en los hechos.

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